Las autorizaciones de residencia por arraigo son una vía excepcional de regularización para personas extranjeras que se encuentran en España y cumplen determinados requisitos legales.
De forma general, para acceder a un arraigo es necesario:
Actualmente existen cinco tipos de arraigo: segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo y familiar, cada uno con requisitos específicos según la situación personal del solicitante.
Si llevas al menos 2 años en España y tienes familiares con residencia legal, el arraigo social puede ser una vía para regularizar tu situación.
Podrás solicitarlo si tienes vínculo con tu cónyuge, pareja registrada, hijos o padres que residan legalmente en España y convivan contigo. Además, deberás demostrar medios económicos suficientes para tu mantenimiento.
Si no cuentas con familiares residentes legales, también puedes acceder a esta autorización acreditando tu integración social mediante un informe favorable emitido por la Comunidad Autónoma o el ayuntamiento correspondiente.
El nuevo reglamento flexibiliza esta vía de regularización, permitiendo acreditar medios económicos propios o incluso presentar un proyecto de trabajo por cuenta propia como autónomo.
El arraigo sociolaboral es una de las vías más utilizadas para regularizar tu situación en España. Te permite obtener una autorización de residencia y trabajo a quienes acrediten una permanencia continuada mínima de 2 años en el país y cuenten con una oferta de empleo.
Para solicitarlo, es necesario presentar uno o varios contratos de trabajo que garanticen, como mínimo, una jornada de 20 horas semanales y un salario acorde al convenio y al Salario Mínimo Interprofesional.
Además, el empleador debe demostrar solvencia económica y estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social.
La normativa también permite aportar varios contratos parciales o trabajos de temporada, siempre que se cumplan los requisitos legales exigidos.
Una de las principales ventajas del nuevo reglamento es que ya no se exige el informe de inserción social, lo que agiliza considerablemente el procedimiento.
Si llevas al menos 2 años en España, el arraigo socioformativo puede permitirte regularizar tu situación a través de la realización de estudios o formación profesional.
Para solicitarlo, debes estar matriculado o cursando una formación autorizada en España, ya sea en centros educativos o en cursos promovidos por los Servicios Públicos de Empleo.
Con esta autorización no solo podrás residir legalmente, sino también trabajar por cuenta ajena hasta 30 horas semanales, siempre que el trabajo sea compatible con tus estudios.
Además, deberás aportar un informe de integración social o esfuerzo de integración emitido por la Comunidad Autónoma o el ayuntamiento correspondiente.
La autorización se concede inicialmente por 12 meses y puede prorrogarse si continúas estudiando o si, una vez finalizada la formación, estás buscando empleo activamente.
El arraigo familiar está pensado para padres, madres o cuidadores de ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que residan en España.
Podrás solicitarlo si eres progenitor de un menor comunitario y convives con él o cumples activamente con tus responsabilidades parentales. También puede solicitarse en determinados casos de cuidado de personas comunitarias con discapacidad.
A diferencia de otros tipos de arraigo, no necesitas acreditar 2 años de permanencia en España para acceder a esta autorización.
Además, una de sus principales ventajas es que la residencia se concede por 5 años, permitiéndote residir y trabajar legalmente en España desde el momento de su aprobación.