Esta es la residencia indicada para familiares de personas con nacionalidad de algún Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o Suiza, que deseen establecer su hogar en España de forma legal, segura y con posibilidad de residir y trabajar en el país.
Dirigida a cónyuges, parejas registradas o parejas estables no inscritas, hijos menores de 21 años (o mayores que vivan a cargo), ascendientes dependientes y otros familiares que acrediten dependencia económica, convivencia previa o necesidades especiales de cuidado.
El ciudadano de la UE, EEE o Suiza debe residir en España por más de tres meses y cumplir alguna de estas condiciones:
La normativa contempla distintos supuestos familiares, entre ellos:
Se considera que un familiar está “a cargo” cuando el ciudadano comunitario le proporciona el sostén económico necesario para cubrir sus necesidades básicas, debiendo acreditarse dicha dependencia en el país de origen.
Gestionamos tu residencia basada en el vínculo con un ciudadano de nacionalidad española, permitiéndote vivir y trabajar legalmente en España junto a tu familia.
Este derecho permite a los ciudadanos españoles reagrupar a determinados familiares directos para que puedan desarrollar su proyecto de vida en España con estabilidad y seguridad jurídica.
Dirigida a cónyuges, parejas registradas o parejas estables no inscritas, hijos menores de 21 años (o mayores que vivan a cargo), ascendientes dependientes y otros familiares que acrediten dependencia económica, convivencia previa o necesidades especiales de cuidado.
El ciudadano de la UE, EEE o Suiza debe residir en España por más de tres meses y cumplir alguna de estas condiciones:
La normativa contempla distintos supuestos familiares, entre ellos:
Se considera que un familiar está “a cargo” cuando el ciudadano comunitario le proporciona el sostén económico necesario para cubrir sus necesidades básicas, debiendo acreditarse dicha dependencia en el país de origen.
Este trámite se ofrece para aquellas parejas que mantienen una relación análoga a la conyugal, convivan juntas y que deseen registrar esa unión convivencial sin recurrir al instituto del matrimonio.
La legislación varía enormemente según la comunidad. Somos expertos en los requisitos específicos exigidos por la Junta de Andalucía para que tu registro se apruebe a la primera.
Inscribir tu relación de forma oficial es la base fundamental para, posteriormente, poder solicitar permisos de residencia vinculados a tu pareja.
Te guiamos en la recopilación exacta de pruebas de convivencia, empadronamientos y actas necesarias para demostrar el vínculo de forma irrefutable ante la Administración.
Gestionamos tu residencia basada en el vínculo con un ciudadano de nacionalidad española, permitiéndote vivir y trabajar legalmente en España junto a tu familia.
Este derecho permite a los ciudadanos españoles reagrupar a determinados familiares directos para que puedan desarrollar su proyecto de vida en España con estabilidad y seguridad jurídica.
Dirigida a cónyuges, parejas registradas o parejas estables no inscritas, hijos menores de 21 años (o mayores que vivan a cargo), ascendientes dependientes y otros familiares que acrediten dependencia económica, convivencia previa o necesidades especiales de cuidado.
El ciudadano de la UE, EEE o Suiza debe residir en España por más de tres meses y cumplir alguna de estas condiciones:
La normativa contempla distintos supuestos familiares, entre ellos:
Se considera que un familiar está “a cargo” cuando el ciudadano comunitario le proporciona el sostén económico necesario para cubrir sus necesidades básicas, debiendo acreditarse dicha dependencia en el país de origen.
Analizamos tu caso de forma personalizada y preparamos tu solicitud al detalle para minimizar requerimientos y demoras. Tanto si deseas reunirte con tu familia como iniciar una nueva etapa en España junto a tus seres queridos, te acompañamos desde la primera consulta hasta la obtención de la residencia.