El mundo es tu oficina, España es tu hogar. Te ayudo a gestionar el visado que te permite residir legalmente mientras sigues impulsando tu carrera profesional a nivel global.
Trabajamos tu solicitud de residencia para teletrabajar legalmente desde España para empresas o clientes ubicados en el extranjero, al amparo de la llamada “Ley de Emprendedores”. Esta autorización permite residir y trabajar de forma remota utilizando exclusivamente medios informáticos, telemáticos y de telecomunicación.
Está dirigida a ciudadanos no comunitarios que trabajan por cuenta ajena o prestan servicios profesionales para empresas fuera de España.
Pueden acceder a esta residencia los extranjeros no pertenecientes a la Unión Europea que:
En el caso de profesionales autónomos, se permite trabajar para empresas españolas siempre que no supere el 20% de la actividad total.
Visado de teletrabajo internacional
Si el solicitante se encuentra fuera de España, puede solicitar un visado que le permitirá entrar y residir legalmente en el país mientras trabaja de forma remota.
Residencia para teletrabajo internacional
Si el solicitante ya se encuentra legalmente en España —por ejemplo, como turista— puede solicitar directamente la autorización de residencia.
Perfil profesional
Debe acreditarse alguno de los siguientes supuestos:
Relación laboral o profesional
Empresa extranjera
La empresa o cliente extranjero debe acreditar:
Debe acreditarse solvencia económica suficiente:
La solicitud puede incluir:
La familia obtiene autorización de residencia junto con el solicitante principal.
La residencia para teletrabajo internacional se ha convertido en una de las vías más ágiles y flexibles para vivir legalmente en España, especialmente para profesionales remotos, freelancers, emprendedores digitales y trabajadores internacionales que desean establecerse en Europa sin necesidad de un empleador español.
¿Estás listo para teletrabajar desde España?
Escríbenos contándonos brevemente tu perfil profesional para orientarte en tu consulta inicial.
Gestionamos autorizaciones de residencia para profesionales extranjeros altamente cualificados contratados por empresas en España, mediante el régimen especial de la Ley de Emprendedores.
Este permiso permite residir y trabajar legalmente en España a través de un procedimiento ágil ante la Unidad de Grandes Empresas (UGE).
Dirigida a ciudadanos no comunitarios que:
También puede tramitarse mediante la Tarjeta Azul-UE.
Debe existir un contrato de trabajo o una oferta firme de empleo con condiciones acordes al puesto y al nivel de cualificación profesional.
El salario exigido variará según:
En general, se exige una remuneración superior al promedio salarial español y adecuada a funciones de alta cualificación.
Gestionamos autorizaciones iniciales de residencia y trabajo para ciudadanos no comunitarios que hayan sido contratados por una empresa en España. Este permiso permite residir y trabajar legalmente en territorio español mediante un contrato laboral con un empleador español.
La autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena en España permite a extranjeros no comunitarios vivir y trabajar para una empresa española. Generalmente, el empleador solicita el permiso mientras el trabajador está en su país de origen, requiriendo un contrato firmado y que el puesto sea de difícil cobertura (o desierto en oferta pública).
Requisito clave: El puesto de trabajo debe estar incluido en el Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura del SEPE o demostrar que no hay candidatos nacionales.
Solicitud: El empleador inicia el trámite ante la Oficina de Extranjería en España.
Visado: Una vez aprobado el permiso, el trabajador solicita el visado de residencia y trabajo en el consulado español de su país de origen. SOLAMENTE PUEDE PEDIRSE DESDE EL PAÍS DE ORIGEN.
Alta y Huellas: Al llegar a España, la empresa da de alta al trabajador en la Seguridad Social y se solicita la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE) (toma de huellas). NOSOTROS GESTIONAMOS TODO HASTA OBTENER TU TARJETA DE RESIDENCIA!
Duración: La autorización inicial suele durar un año y permite trabajar en un sector/área geográfica específica. IMPORTANTE: NO PUEDES VENIR CON TU FAMILIA, TEN EN CUENTA QUE ESTE VISADO ES PERSONAL DEL TRABAJADOR, PERO AL AÑO DE ESTA PRIMERA RESIDENCIA PODRÁS RENOVAR Y PARALELAMENTE REAGRUPAR A TU FAMILIA.
Renovación: Tras el primer año, se puede renovar por cuatro años más, permitiendo trabajar en todo el territorio nacional.
Excepciones: Nacionales de Chile y Perú no necesitan la comprobación de la situación nacional de empleo (catálogo de difícil cobertura) debido a convenios especiales.
El contrato debe garantizar una actividad continuada durante toda la vigencia de la autorización y cumplir con:
En contratos a tiempo parcial, el salario anual deberá ser igual o superior al SMI correspondiente a jornada completa.
La contratación será viable cuando:
También existen facilidades para nacionales de países con acuerdos específicos con España, como Chile y Perú.
La empresa contratante deberá acreditar:
En caso de empleadores particulares, deberán acreditarse ingresos mínimos suficientes según el número de miembros de la unidad familiar.
Los documentos extranjeros deberán presentarse apostillados y, en su caso, traducidos oficialmente.
La solicitud se presenta por la empresa empleadora, generalmente de forma telemática.
Gestionamos autorizaciones de residencia para ciudadanos extranjeros que desean emprender o desarrollar una actividad profesional o empresarial en España como trabajadores autónomos.
Este permiso permite residir y trabajar legalmente por cuenta propia mediante la puesta en marcha de un proyecto empresarial, comercial o profesional.
Dirigida a ciudadanos no comunitarios que:
Esta autorización inicial está destinada únicamente al solicitante principal y no incluye automáticamente a su grupo familiar.
Deberá acreditarse:
Los recursos económicos exigidos dependerán del plan de negocio, del sector de actividad y de la inversión necesaria para la puesta en marcha del proyecto.
En determinadas profesiones reguladas será necesaria la homologación del título y, en su caso, la colegiación profesional.
Los documentos extranjeros deberán presentarse apostillados y, en su caso, traducidos oficialmente.
La solicitud se presenta personalmente ante el Consulado de España correspondiente al lugar de residencia del solicitante.
La autorización inicial suele concederse por 1 año y puede limitarse a una actividad y comunidad autónoma concreta.
Los familiares no se incluyen en la autorización inicial.
La posibilidad de reagrupar al núcleo familiar podrá solicitarse posteriormente, una vez renovada la autorización de residencia y siempre que se acrediten medios económicos y vivienda adecuada conforme a la normativa de extranjería.
SERVICIO ESPECIAL: PLAN DE NEGOCIOS E INFORME DE VIABILIDAD
Para tu visado de trabajo por cuenta propia derivamos tu proyecto a una empresa experimentada en el rubro para garantizar la aprobación de tu plan.
Analizamos tu caso de forma personalizada y preparamos tu solicitud al detalle para minimizar requerimientos y demoras. Tanto si deseas reunirte con tu familia como iniciar una nueva etapa en España junto a tus seres queridos, te acompañamos desde la primera consulta hasta la obtención de la residencia.